El pasado 1 de julio de 2016 entró en vigor el Reglamento Europeo de Productos de la Construcción (conocido por sus siglas CPR), aunque existe un periodo de vigencia transitoria hasta el 30 de junio de 2017 siendo, por tanto, de obligado cumplimiento a partir del día 1 de julio de 2017. El mismo establece los requisitos básicos y todas las características esenciales relativas a seguridad que deben cumplir aquellos productos destinados a la construcción dentro del ámbito de la Unión Europea.
Debemos resaltar que los cables son los únicos productos o materiales afectados por el CPR dentro del sector eléctrico.
Las características contempladas en esta norma vienen referidas a la reacción que tienen al fuego los cables eléctricos y las emisiones de sustancias peligrosas en funcionamiento normal, además de otros criterios suplementarios como la cantidad y toxicidad de humos emitidos, desprendimiento de gotas y partículas inflamadas durante la combustión. Para ello, se categorizarán en 6 niveles representados con las letras de la A a la F siendo la primera el nivel máximo de reacción frente al fuego y la última la menor.
Obviamente, recomendamos adecuar lo antes posible el suministro a cables para que cumplan el nuevo reglamento.
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